Los adultos y adultas mayores son individuos mayores a 60 años de edad que por su naturaleza han alcanzado determinados rasgos desde una perspectiva biológica, social y psicológica. La denominación de adulto mayor es de uso reciente y se instituye como alternativa a las clásicas nociones: persona de la tercera edad , anciano y viejo(a). De acuerdo con estudios realizados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), se estima que durante las próximas dos décadas el número de personas mayores en todo el mundo se duplique, llegando a más de 1.500 millones. A partir de ello, es importante generar acciones que permitan atender los desafíos y necesidades de esta población, a fin de que puedan seguir ejerciendo su rol dentro de la sociedad. Los adultos mayores gozan de diferentes derechos en distintas partes del mundo, como la igualdad de oportunidades y la promoción en la defensa de sus intereses.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 80, señala que el Estado debe respetar la dignidad de los adultos mayores y garantizarles la atención integral, la seguridad social y su derecho a un trabajo digno y acorde a sus capacidades.
Hacia adultos y adultas mayores, vamos todos.
Jóvenes y Adultos, personas del Gobiernos presten mucha atención y respeten a sus adultos y adultas mayores y esfuércense por darles una buena calidad de vida. Cumplan y hagan cumplir las leyes de protección integral e igualdad social para con los adultos y adultas mayores. Que no nos quedemos catapultados en leyes, lleven esas leyes a la acción. No son simplemente viejos(as), ancianos(as), un número, un estorbo. Son ciudadanos y ciudadanas que viven, respiran, y tienen necesidades y, ha medida que el tiempo avanza, sus vidas se van limitando y no pueden valerse por si solos.
Esforcémonos porque Venezuela se convierta en un país donde los adultos y adultas mayores obtengan bienestar y, sean felices.